FLASH INFORMATIVO – NOVEDADES FISCALES 2025

A pesar de no tener aprobados los presupuestos generales sí se han publicado medidas tributarias para el 2025 que afectan a las principales figuras tributarias.

Las disposiciones aprobadas son la Ley 7/2024 conocida como “ Pilar Dos” y los Reales Decretos Ley 9/2024 y 10/2024, de 23 de diciembre .

Las novedades más significativas son las siguientes:

IMPUESTO SOBRE LA RENTA – IRPF (art. 6 RDL 9/2024)

Incremento tipo impositivos del ahorro

Con efectos para el ejercicio 2025 y siguientes, se incrementa el tipo máximo aplicable a la base del ahorro al 30% (antes 28%) para rentas superiores a 300.000€.

Esta es tal vez la novedad más significativa que no afecta solamente a las rentas financieras sino a todas las ganancias patrimoniales generadas a partir del 2025, como puede ser la venta de un inmueble o la transmisión de participaciones sociales de una compañía.

Prórroga de la deducción por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas.

Prórroga de la deducción por adquisición de vehículos eléctricos e instalación de puntos de recarga.

IVA (ART.8 RDL 9/2024)

IVA de los hidrocarburos.

Se introducen medidas de control para evitar el fraude fiscal.

IVA de la electricidad.

Se recupera la aplicación del tipo general del IVA del 21%, con independencia del tipo de tarifa contratado por los usuarios.

IVA de los alimentos.

Los alimentos considerados básicos vuelven a tener un tipo de IVA superreducido del 4% que también será aplicable al aceite de oliva.

IMPUESTO A LA BANCA. Ley 7/2024

Este nuevo impuesto que ha tenido un gran impacto mediático comporta una tributación sobre el margen de intereses y comisiones que ingresan las entidades financieras.

Los tipos impositivos son progresivos y van del 1% al 7%.

IMPUESTO MÍNIMO PARA GRUPOS MULTINACIONALES. Ley 7/2024

Las multinacionales con una facturación superior a 750 millones deberán pagar un tipo impositivo mínimo del 15%. Para estas entidades también se reducen las deducciones para aproximar el tipo impositivo real al efectivo.

Su finalizar es asegurar un umbral mínimo de tributación efectiva del 15% a escala global.

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (art.7 RDL 9/2024). Ley 7/2024

Reserva de Capitalización

Con efectos para el ejercicio 2025, se incrementa el porcentaje de la reducción por reserva de capitalización al 20% (antes 15%).

Además, se introducen nuevos porcentajes de reducción superiores vinculados al incremento medio de la plantilla de las empresas. Este incremento deberá mantenerse durante los siguientes 3 años.

Tipo de gravamen

El tipo de gravamen general del 25% no se modifica, pero el mismo reduce para:

  • Las Entidades de Reducida Dimensión (cifra de negocios del año anterior inferior a 10 millones) podrán tributar al 20% (antes el 25%).

  • Las Micro pymes (facturación hasta 1.000.000€) podrán aplicar un tipo de graven del 17%-20% (antes el 23%) sobre los primeros 50.000€ de base imponible.

Ambas reducciones se aplicarán de forma escalonada entre los ejercicios 2025 a 2029, con el siguiente detalle:

 Libertad de amortización inversiones en instalaciones que usen energía de fuentes renovables

Atención este incentivo está vinculado al mantenimiento de empleo.

Límite BINs grupos fiscales

Se prórroga para los ejercicios 2024 y 2025 la limitación del 50% para el aprovechamiento de las Bases Imponibles Negativas (“BINs”) en el seno de los grupos que tributen bajo el régimen especial de consolidación.

PLUSVALÍA MUNICIPAL (ART.9 RDL 9/2024)

Con efectos a partir del 1 de enero del 2025, se actualiza la tabla con los coeficientes máximos aplicables al valor del terreno por el periodo de generación. estos nuevos coeficientes comportaran un aumento importante del impuesto municipal, en especial en periodos de generación menores.

#EUROFOROADVOCATS queda a vuestra disposición para cualquier información adicional sobre la materia.

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