Aunque es cierto que cada vez las deducciones en Renta son menores aún hay operaciones que pueden llevarse a cabo, antes de final de año, para reducir, en lo posible, el pago de los impuestos personales.
Empezamos con la deducción más conocida que es la aportación a planes de pensiones. Actualmente el límite de aportación anual es de 1.500€, para los planes individuales y hasta 8.500€ por las aportaciones a los planes de pensiones de empresa.
Aparte de la deducción comentada también conviene recordar que las personas que tengan intención de rescatar el plan de pensiones es mejor recuperar el capital en el año que prevean que sus ingresos sean más bajos, ya que las cantidades rescatadas se suman al resto de los rendimientos y tributan en la base general del impuesto, de este modo se evitan subidas de tipos impositivos en IRPF.
Aportaciones a patrimonios protegidos de personas con discapacidad.
Dichas aportaciones darán derecho a reducir de la base imponible del aportante con un límite de 10.000€
Compensación de ganancias con pérdidas.
Si se han obtenido ganancias patrimoniales durante el ejercicio, por ejemplo, venta de un inmueble, dicha ganancia se puede reducir si existen saldos pendientes de compensar procedentes de ejercicios anteriores o bien, si antes de finalizar el año, se realizan otras transmisiones que generen pérdidas (por ejemplo, venta de acciones que sean fácilmente realizables). En este supuesto solamente se tributaria por la diferencia.
Adelantar operaciones que puedan dar lugar a ganancias patrimoniales antes de fin de año.
Como ya se comentó en anteriores notas informativas de #Euroforoadvocats, a partir del 1 de enero de 2023 se va a incrementar los tipos impositivos de las rentas del ahorro para las ganancias superiores a 200.000€ que mayoritariamente se dan en venta de inmuebles o venta de empresas, por lo que se recomienda, en lo posible poder adelantar dicha venta, para pagar menos impuestos.
Ventajas fiscales para los mayores de 65 años – exención de tributación respecto a la ganancia patrimonial generada con la venta de la vivienda habitual.En el supuesto de que los contribuyentes no hubieran cumplido los 65 años, pero que estén cerca de esta edad, se recomienda posponer la venta hasta cumplir los 65 años, ya que el beneficio de la exención es muy significativo.
En aquellos casos en los que la vivienda pertenezca a ambos cónyuges, hay que tener en cuenta que el beneficio fiscal se aplicará a la totalidad de la ganancia si ambos han alcanzado la edad de 65 años. En caso contrario, solo podrá aplicarlo el contribuyente que tuviese dicha edad y en proporción a su participación.
RECORDATORIO DE DEDUCCIONES. “CHECK LIST”
Deducción por inversión en vivienda habitual.
Solamente aplicable para adquisiciones de viviendas anteriores a 31 de diciembre de 2012.
En los casos en que la adquisición hubiera sido financiada con préstamo hipotecario, puede resultar de interés amortizar antes de final de año hasta alcanzar el importe de 9.040€, para aprovechar al máximo la deducción indicada.
Deducción por inversión habitual en caso de divorcio.
El contribuyente divorciado que por sentencia deba pagar el 100% de la hipoteca tiene derecho a la deducción fiscal del 100%, aunque solo sea propietario del 50% de la vivienda.
Deducción por obras de mejora de eficiencia energética.
Es de aplicación para las obras de mejora energética, en la vivienda habitual (las obras deben realizarse entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2023) .
Deducción por alquiler de vivienda habitual
Esta deducción está suprimida a partir de 2015, pero puede afectar, en algunos supuestos de contratos de alquiler de vivienda firmados con anterioridad al 2015.
Deducción por maternidad.
De aplicación para madres trabajadoras con hijos menores de 3 años.
A partir del ejercicio 2023 se amplía el ámbito subjetivo de aplicación.
Deducción por familia numerosa.
Deducción por donaciones.
Como ya es conocido realizar donaciones a fundaciones, asociaciones sin ánimo de lucro y ONGs también desgrava en IRPF.
Deducción por inversión en empresas de nueva creación.
Invertir en proyectos de emprendedores puede ser otra forma de pagar menos impuestos.
Deducción por aportaciones a partidos políticos.
La base máxima de deducción es de 600€ anuales.
Deducción de gastos por movilidad geográfica.
Se aplica exclusivamente a contribuyentes en paro que acepten puestos de trabajo que exijan traslado de su residencia habitual.
Deducción por guarderías.
La cuantía de la referida deducción varia en función de la diferentes CCAA .
